Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 69 b) del programa provisional*
Promoción y protección de los derechos humanos: Cuestiones de derechos humanos, incluidos otros medios de mejorar el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales
Resumen
En su informe de 2015 presentado al Consejo de Derechos Humanos (A/HRC/29/38), la Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, indicó que la relación entre la trata de personas y los conflictos era una de las esferas incluidas en su mandato en la que tenía intenciones de centrarse y llevar adelante más investigaciones.
Como seguimiento del informe presentado al Consejo de Derechos Humanos en su 26° período de sesiones (A/HRC/32/41), en el presente informe se promueve la conciencia de la comunidad internacional acerca de las formas y la naturaleza de la trata en relación con la compleja situación de conflicto. En la primera sección se presentan los antecedentes contextuales, y se describe la trata de personas como una característica cada vez más frecuente de los conflictos modernos.
En la segunda sección se centra la atención en la perspectiva contextual, y se analizan las formas más comunes de la trata en los conflictos, considerando tres perspectivas: a) la trata de personas que huyen de conflictos, en particular la manera de hacer frente a la situación de trata de los desplazados internos a causa de los conflictos y la de los refugiados y solicitantes de asilo que huyen de ellos; b) la trata durante los conflictos, donde se investiga la trata de personas, incluidos los niños, las niñas y los migrantes, para su enrolamiento en el servicio militar y con fines de explotación sexual y laboral; y c) la trata en situaciones posteriores a conflictos, en particular la trata de personas relacionada con el personal de mantenimiento de la paz.
Por último, en el informe se formulan recomendaciones para hacer frente a la trata en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos, en colaboración con los Estados, las Naciones Unidas, la sociedad civil y la comunidad internacional en relación con: a) la trata de personas en zonas de conflicto, o la trata de person as que huyen de conflictos; b) la protección de los niños contra la trata; c) el fortalecimiento de las medidas de respuesta orientadas a hacer frente a la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual en situaciones de conflicto y posteriores a conflictos; d) la prevención de la trata de personas con fines de explotación laboral en zonas donde hay o ha habido conflictos; y e) las actividades de lucha contra la trata en las operaciones de mantenimiento de la paz.